Medidas tomadas en Castilla y León a 16 de enero de 2021

Medidas tomadas en Castilla y León a 16 de enero de 2021

Ante la evolución de la situación epidemiológica se imponen nuevas Medidas Castilla y León que se harán efectivas desde las 20:00 del día 16 de enero y tendrán vigencia mientras dure el Estado de Alarma, aunque podrán ser modificadas a lo largo de este periodo.

  1. Limitación de la entrada y salida de personas de cada provincia
    de la Comunidad de CyL.
    • La movilidad queda restringida para cada provincia.
    • Excepciones:
      • Asistencia a centros sanitarios.
      • Obligaciones laborales, profesionales, empresariales.
      • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
      • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
      • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
      • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
      • Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
      • Exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
      • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  2. Limitación de la libertad de circulación de las personas en
    horario nocturno de 20:00 a 06:00.
    • La movilidad queda restringida durante este horario.
    • Excepciones:
      • Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
      • Asistencia a centros sanitarios.
      • Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
      • Obligaciones laborales, profesionales, empresariales.
      • Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
      • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
      • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
      • Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
  3. Limitación de la permanencia en grupos en espacios públicos y
    privados a un máximo de 4 personas excepto convivientes
    • Las reuniones de más de 4 personas quedan prohibidas.
    • Excepciones:
      • Que sean convivientes y puedan acreditarlo.

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Asesoria Guerra author