- Ampliación ERTES
- Se prorrogan los expedientes temporales de empleo hasta el próximo 31 de mayo
- Además, las empresas afectadas podrán solicitar nuevos ERTES por limitación o impedimento (empresas obligadas a cerrar).
- Exoneraciones:
- 100% de los seguros sociales en los ERTE por impedimento durante el tiempo de cierre.
- Exoneración seguros sociales en los ERTE por limitación:
- Enero: 100%
- Marzo:90%
- Abril: 85%
- Mayo: 80%
- Según evolucionen las circunstancias, se puede pasar de un tipo a otro de ERTE.
- Requisitos/condiciones:
- Prohibición de repartir dividendos
- Compromiso de mantenimiento de empleo, se renueva el compromiso de las empresas beneficiarias de las exoneraciones por un nuevo periodo de 6 meses. El inicio de este nuevo compromiso se producirá cuando terminen, en caso de haberlos, los anteriores compromisos.
- Prohibición de despedir por fuerza mayor o causas objetivas en las que se amparan los ERTES.
- Ampliación contratos temporales de las personas afectadas por ERTES
- Prohibición de horas extras.
- Los trabajadores en ERTE seguirán percibiendo el 70% de la base reguladora.
- Ampliación AYUDAS para autónomos
- A partir del 1 de febrero los autónomos podrán acceder a nuevas modalidades de la prestación por cese de actividad:
- Autónomos afectados por una suspensión temporal y total de su actividad:
- Dispondrán de un plazo de 21 desde que se decretó el cierre para solicitarla
- Cuantía: 50% de la base mínima de cotización.
- Exoneración del pago de las cuotas de autónomo.
- Autónomos que no pudieron acceder a las anteriores prestaciones por no cumplir el requisito de haber cotizado 12 meses por cese de actividad o por estar en tarifa plana. Requisitos:
- Compatible con el trabajo por cuenta ajena, siempre que la renta que se perciba no supere en 1,25 veces el SMI
- Estar en situación de alta desde antes del 1 de abril de 2020
- No obtener rendimientos netos, durante el primer semestre de 2021, superiores a 6.650€
- Bajar la facturación en este semestre de 2021 respecto al primer trimestre de 2020
- Cuantía igual al 50% base mínima de cotización y exoneración de cuotas
- Solicitud: hasta el 21 de febrero
- Prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia:
- Obligatorio periodo de carencia de doce meses al desempleo
- Obligatorio acreditar que en el primer semestre de 2021 hay una reducción de los ingresos por cuenta propia de más del 50% en comparación con el segundo semestre de 2019, así como, durante este primer semestre de 2021 no haber obtenido unos rendimientos netos superiores a 7.980€
- En caso de que el autónomo tenga trabajadores tendrá que acreditar estar al corriente de todas sus obligaciones laborales y de Seguridad Social.
- Esta prestación podrá recibirse como máximo hasta el 31 de mayo
- Se podrá solicitar hasta el 21 de febrero. Si se solicita después de esa fecha se empezará a cobrar a partir de la solicitud.
- Cuantía: 50% base mínima de cotización. Además se abonará al trabajador junto con la prestación por cese en la actividad, el importe de las cotizaciones por contingencias comunes
- Autónomos afectados por una suspensión temporal y total de su actividad:
- A partir del 1 de febrero los autónomos podrán acceder a nuevas modalidades de la prestación por cese de actividad:
A partir del 1 de septiembre de 2021 las mutuas procederán a comprobar todas las ayudas aprobadas.
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