Ampliación ERTES y ampliación AYUDAS a trabajadores autónomos hasta el 31 de mayo de 2021

Ampliación ERTES y ampliación AYUDAS a trabajadores autónomos hasta el 31 de mayo de 2021

  1. Ampliación ERTES
    • Se prorrogan los expedientes temporales de empleo hasta el próximo 31 de mayo
    • Además, las empresas afectadas podrán solicitar nuevos ERTES por limitación o impedimento (empresas obligadas a cerrar).
    • Exoneraciones:
      • 100% de los seguros sociales en los ERTE por impedimento durante el tiempo de cierre.
      • Exoneración seguros sociales en los ERTE por limitación:
        • Enero: 100%
        • Marzo:90%
        • Abril: 85%
        • Mayo: 80%
    • Según evolucionen las circunstancias, se puede pasar de un tipo a otro de ERTE.
    • Requisitos/condiciones:
      • Prohibición de repartir dividendos
      • Compromiso de mantenimiento de empleo, se renueva el compromiso de las empresas beneficiarias de las exoneraciones por un nuevo periodo de 6 meses. El inicio de este nuevo compromiso se producirá cuando terminen, en caso de haberlos, los anteriores compromisos.
      • Prohibición de despedir por fuerza mayor o causas objetivas en las que se amparan los ERTES.
      • Ampliación contratos temporales de las personas afectadas por ERTES
      • Prohibición de horas extras.
      • Los trabajadores en ERTE seguirán percibiendo el 70% de la base reguladora.

  2. Ampliación AYUDAS para autónomos
    • A partir del 1 de febrero los autónomos podrán acceder a  nuevas modalidades de la prestación por cese de actividad:
      • Autónomos afectados por una suspensión temporal y total de su actividad:
        • Dispondrán de un plazo de 21 desde que se decretó el cierre para solicitarla
        • Cuantía: 50% de la base mínima de cotización.
        • Exoneración del pago de las cuotas de autónomo.
      • Autónomos que no pudieron acceder a las anteriores prestaciones por no cumplir el requisito de haber cotizado 12 meses por cese de actividad o por estar en tarifa plana. Requisitos:
        • Compatible con el trabajo por cuenta ajena, siempre que la renta que se perciba no supere en 1,25 veces el SMI
        • Estar en situación de alta desde antes del 1 de abril de 2020
        • No obtener rendimientos netos, durante el primer semestre de 2021, superiores a 6.650€
        • Bajar la facturación en este semestre de 2021 respecto al primer trimestre de 2020
        • Cuantía igual al 50% base mínima de cotización y exoneración de cuotas
        • Solicitud: hasta el 21 de febrero
      • Prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia:
        • Obligatorio periodo de carencia de doce meses al desempleo
        • Obligatorio acreditar que en el primer semestre de 2021 hay una reducción de los ingresos por cuenta propia de más del 50% en comparación con el segundo semestre de 2019, así como, durante este primer semestre de 2021 no haber obtenido unos rendimientos netos superiores a 7.980€
        • En caso de que el autónomo tenga trabajadores tendrá que acreditar estar al corriente de todas sus obligaciones laborales y de Seguridad Social.
        • Esta prestación podrá recibirse como máximo hasta el 31 de mayo
        • Se podrá solicitar hasta el 21 de febrero. Si se solicita después de esa fecha se empezará a cobrar a partir de la solicitud.
        • Cuantía: 50% base mínima de cotización. Además se abonará al trabajador junto con la prestación por cese en la actividad, el importe de las cotizaciones por contingencias comunes

A partir del 1 de septiembre de 2021 las mutuas procederán a comprobar todas las ayudas aprobadas.

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Asesoria Guerra author